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Aprobó el Senado Código de Procedimientos Penales

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Permite dejar atrás el sistema de justicia inquisitorio –Se transita a un modelo de corte acusatorio adversarial

El Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen que expide el Código Nacional de Procedimientos Penales a fin de cumplir con el mandato constitucional estipulado en la reforma penal de 2008 y transitar de un sistema de justicia inquisitorio a un modelo de corte acusatorio adversarial u oral.

De esta manera, el Código establece nuevas normas en la investigación, procesamiento y sanción de delitos por parte de los órganos jurisdiccionales locales y federales, tales como la regulación de juicios orales, los cuales se llevarán a cabo en audiencias públicas para que tanto las partes en conflicto como el público en general puedan presenciarlas.

Asimismo, el nuevo ordenamiento dispone que cuando el Ministerio Público considere necesaria la intervención de comunicaciones privadas para la investigación, el titular de la Procuraduría General de la República o los servidores públicos facultados podrán solicitar al juez federal de control la autorización de esta medida.

En lo referente al descubrimiento probatorio a cargo del Ministerio Público, el dictamen subraya que éste consiste en la entrega de material a la defensa de copia de los registros de la investigación, es decir, todos los documentos que integran la carpeta de investigación, así como fotografías, videos, grabaciones de voz, informes y pruebas periciales. Asimismo, se precisa que se debe dar acceso a la defensa respecto de las evidencias materiales recabadas.

Por su parte, el descubrimiento probatorio a cargo de la defensa, consiste en la entrega del material al Ministerio Público de copia de los registros con los que cuente y pretenda ofrecer como medios de prueba para ser desahogados en el juicio.

El dictamen también incluye la posibilidad de que los registros de las actuaciones en todo el procedimiento se realicen por escrito, audio o video y, en general, por cualquier soporte que garantice su reproducción.

Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia, aseguró que se trata del primer código con legitimación democrática ya que los ordenamientos anteriores fueron expedidos entonces gracias a facultades extraordinarias que se le brindaron al Ejecutivo Federal. Por el contrario, señaló, el Código es producto del acuerdo unánime de las fuerzas políticas y de un trámite legislativo abierto, transparente, público e incluyente que cuenta con el respaldo social a sus contenidos.

Asimismo, el senador destacó que se logra un equilibrio razonable, desde el modelo definido por la Constitución, entre la finalidad de mitigar la impunidad y la necesidad de garantizar los derechos humanos.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Alejandro Encinas Rodríguez, afirmó que con este modelo se evita “establecer en el centro de la atención los problemas de la seguridad del Estado por encima de la seguridad ciudadana y de los derechos y garantías de los ciudadanos”.

No obstante, señaló que la aplicación del Código Nacional de Procedimientos Penales tendrá que estar sujeta a una evaluación por lo menos en el término de un año para poder identificar los ajustes y reformas necesarios para mejorar su ejercicio.

El nuevo Código posibilita a la víctima u ofendido constituirse como coadyuvante en el proceso si así lo solicita dentro de los tres días siguientes a la notificación de la acusación formulada por el Ministerio Público así como a señalar los vicios formales de la acusación y requerir su corrección, ofrecer medios de prueba que complementen la acusación y solicitar el pago de la reparación del daño.

Más aún, el dictamen precisa que las pruebas obtenidas mediante violación a derechos fundamentales deben ser declaradas nulas por la autoridad judicial de manera oficiosa y en cualquier etapa del procedimiento. Al mismo tiempo regula la toma de muestras sin el consentimiento del imputado, el registro de la investigación, descubrimiento de la investigación e inspecciones corporales.

Otro de los aspectos del nuevo Código es la reglamentación de los actos de investigación “que se relacionen con la posible violación a derechos humanos o afecten el debido proceso” como los cateos, intervención de comunicaciones privadas o tecnologías de la información, órdenes de aprehensión, o detenciones.

Igualmente deja en claro que toda imposición de medidas de protección y de providencias precautorias así como su duración deberá estar debidamente fundada y motivada, además de que tendrán una duración máxima.

En su turno la senadora priista Arely Gómez González destacó que a diferencia del sistema tradicional, con este ordenamiento “la libertad es la regla y la prisión la excepción” y, a través de mecanismos alternos para la solución de controversias, prioriza el resarcimiento de los daños a las víctimas, en lugar de mantener personas en la cárcel por delitos menores.

Eel senador David Monreal Avila, del Partido del Trabajo, comentó que el nuevo Código es el resultado de más de 5 años de negociaciones y acuerdos entre fuerzas políticas y actores sociales y que, además, “puede mejorarse, sobre todo en la publicidad de los juicios y el respeto a los derechos humanos de imputados y víctimas”.

En tanto, el senador del PAN, José María Martínez Martínez, manifestó que esta enmienda es la primera gran reforma al proceso penal en los últimos 80 años, ya que representa un cambio de sistema en la impartición de justicia en el país al instituir juicios mucho más justos y expeditos.

En cuanto a los procedimientos para miembros de las comunidades indígenas, se incluyeron mecanismos para el reconocimiento de decisiones de autoridades de las comunidades originarias, así como de sus efectos.

 

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